Fin del debate: Motoqueros deberán llevar número de patente en chaleco y casco en todo el país

El conductor y el acompañante deberán tener el número de patente en el casco. Además, recomiendan la restricción del acompañante en algunas zonas.

El Gobierno oficializó hoy los cambios dispuestos en la Ley Nacional de Tránsito para tener un mayor control de identificación de los motociclistas y así combatir a los “motochorros”, y estableció el 15 de junio como fecha para implementar la medida que establece, entre otros puntos, la obligatoriedad de llevar el número de la patente en el casco del conductor y de su acompañante.

Así lo hizo a través del decreto 171/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial tras el anuncio formulado la semana pasada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y su colega de la cartera de Transporte, Guillermo Dietrich, en una conferencia de prensa conjunta.

La resolución establece:

La identificación de dominio del motovehículo, adherida en letras y números reflectantes, sin que coincida con el color de fondo del casco.

El acompañante del conductor “tendrá la obligación de utilizar un chaleco reflectante, con la identificación del dominio tanto en el frente como en el dorso”.

El color del fondo del chaleco será amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja” y, en medio de dos bandas blancas reflectantes horizontales, “llevará impreso en letras y números blancos reflectantes, el número de dominio del vehículo”.

En caso de no usar chaleco reflectante, el acompañante deberá vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, además de llevar adherido o impreso en forma legible el dominio del vehículo que ocupa.

En otro artículo, en tanto, se establece que “la obligación de portar el casco y en su caso, el chaleco con identificación, se extiende al momento del ingreso, egreso y circulación por el interior de las estaciones de servicios, siendo su uso obligatorio a los fines de la carga de combustible”.

A los fines de optimizar los operativos de control de circulación de motovehículos, el Poder Ejecutivo invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “a determinar en sus respectivas jurisdicciones las restricciones de circulación de motovehículos con dos ocupantes en determinadas zonas y/o en determinados días y horarios”.

Según el decreto, estas medidas facilitarán tanto a los afectados, como a los testigos, a las fuerzas de seguridad y a los operadores de las cámaras de videovigilancia, poder identificar a los autores de los delitos, y también posibilitará una mayor visualización por parte de terceros, a fin de disminuir la tasa de accidentes.

El decreto, que “entrará en vigencia el 15 de junio de 2017”, lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y los ministros Bullrich y Dietrich.

Fuente: La Razón

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