Un juez porteño declaró inconstitucional el protocolo policial y ordenó que la Ciudad no se adhiera

El juez Roberto Gallardo hizo lugar a un recurso de amparo presentado por la legisladora Myriam Bregman.

El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, entregó una flota de 390 patrulleros y camionetas y 300 motos y bicicletas a la Policía de la Ciudad
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Roberto Gallardo, declaró inconstitucional e inaplicable en la Capital Federal la resolución del Ministerio de Seguridad y le ordenó a la administración de Horacio Rodríguez Larreta que no se adhiera a la medida, pese a que las autoridades aseguraron que lo harán.

La resolución 956/2018, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, entró en vigencia esta semana. Habilita a los agentes de fuerzas federales a usar armas de fuego sin necesidad de dar la voz de alto e incluso disparar contra sospechosos en fuga.

El juez Gallardo hizo lugar a un amparo presentado por la legisladora porteña Myriam Bregman, quien efectuó un pedido de nulidad de la medida. La solicitud fue acompañada por la abogada María del Carmen Verdú, de la Coordinadora contra la Violencia Policial e Institucional (CORREPI) y Carla Lacorte, víctima y sobreviviente de un caso de gatillo fácil.

La decisión de la justicia se conoce luego de que la gestión de Larreta decidió sumarse al protocolo sobre el uso de las armas de fuego que dispuso Bullrich. “La Ciudad va adherir al protocolo. Trabajamos muy bien en equipo con la seguridad nacional, somos un solo equipo”, aseguró el jefe de Gobierno porteño.

En el pedido de nulidad se indicó que “la resolución en cuestión se encuentra en clara violación a la Constitución Nacional y Tratados Internacionales”, por lo que se solicitó “con carácter urgente se dicte medida cautelar y se suspenda la medida ordenándose abstenerse a aplicar lo allí dispuesto hasta tanto se dicte sentencia respecto a la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Resolución”.

A su vez, sostuvieron que la resolución “afecta el derecho a la vida y a la integridad física de las personas, garantizado en el ordenamiento constitucional y en el ordenamiento internacional”.

Fuente: La Prensa

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