La Justicia rechazó un amparo presentado por Cambiemos y consideró válida la sesión virtual en Diputados

La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó este martes un amparo presentado por el bloque de diputados de Cambiemos y consideró válida la sesión de la Cámara baja del primero de septiembre.

Los legisladores de la oposición habían solicitado que se declare la “nulidad absoluta e insanable” de la decisión de la Comisión de Labor Parlamentaria, que dispuso la prórroga del “Protocolo de Funcionamiento Parlamentario Remoto” aprobado en mayo.

Alegaron la falta de “consenso necesario para su validez” y exigieron que se declare la nulidad de la sesión especial realizada por videoconferencia ese mismo día donde se aprobaron los proyectos de ley referentes al sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional y a la modificación del capítulo XIII del Régimen Federal de Pesca (ley 24.922).

El presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, consideró a los diputados opositores como ausentes por no participar de la videoconferencia mientras que los 90 representantes del bloque afirmaron que estuvieron presentes en el recinto “en cumplimiento de nuestras funciones, ya que el protocolo había caducado el 7 de agosto pasado”.

El juez subrogante Enrique Lavié Pico retomó la declaración de certeza que la Corte Suprema emitió a pedido de la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, donde se en caso que se encuentre presenciales en el recinto deberán loguearse, activando el VPN (Red Privada Virtual con conexión a internet).

Los diputados opositores argumentaron que tras el vencimiento del primero de los plazos para las sesiones remotas, el 2 de julio se acordó “la primera y única prórroga”, que se suscribió el 7 de julios siguiente, por lo que su vigencia operó hasta el 7 de agosto.

“Cuando recibieron la citación para la sesión del 1º de septiembre, tuvieron que desplazarse desde sus respectivos lugares de residencia, a fin de dar cumplimiento a su obligación constitucional”, sostuvieron en la demanda encabezada por el radical Mario Negri.

El juez consideró que no se acreditó la existencia de un gravamen ni irregularidades las nulidades a un interés jurídico tutelable, ya que los Legisladores fueron convocados correctamente a deliberar.

La Justicia consideró que -al igual que lo determinó la Corte Suprema- la posibilidad de que se sesione en forma remota no interfiere con el modo en que la Constitución le impone y coincidió con el rechazo al amparo de Cambiemos, que ya había dictaminado el fiscal Eduardo Taiano.

Lavié Pico remarcó que “no corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votación y decisión de cuestiones que son propias” de la Cámara de Diputados. Cambiemos deberá además hacerse cargo de las costas de trámite.

Fuente: Minuto Uno

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