El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez radicó esta mañana en Tribunales la primera acción de amparo contra las leyes que modificaron el sistema de medidas cautelares y, para evitar la “muerte definitiva e indigna” de los amparos, contra la creación de tres nuevas cámaras de Casación.
Gil Domínguez presentó una acción “colectiva y preventiva” en representación de “todos los habitantes de la Nación que ven amenazado su derecho a la tutela judicial” y reclamó una medida cautelar que le prohíba al Gobierno la promulgación y publicación de ambas normas.
La causa quedó radicada ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo número 8, a cargo de la magistrada subrogante Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, y fue registrada bajo el número 16.339 /13, según informaron a DyN fuentes judiciales.
El abogado formuló la presentación en su “carácter de titular afectado del derecho de incidencia colectiva a la tutela judicial efectiva y al derecho de amparo”. “Vengo a promover la presente acción de amparo preventivo… contra el Estado Nacional-Poder Ejecutivo Nacional respecto del proyecto de ley mediante el cual se establece la regulación de las medidas cautelares dictadas en los procesos en los que el Estado Nacional o sus entes descentralizados sean parte”, explica el escrito.
Además, embiste contra dos artículos del proyecto de ley mediante el cual se crean tres nuevas Cámara Federales de Casación, “próximos a ser promulgados y publicados en el Boletín Oficial por el Poder Ejecutivo Nacional”.
Según el denunciante, ambas normas sancionadas la semana pasada en el Congreso, “con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, conculcan el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y el derecho fundamental y humano al amparo”.
Gil Domínguez reclamó que sea declarada “la nulidad e inconstitucionalidad de la inminente amenaza de concreción en actos lesivos definitivos, inexorables e irreparables que implican los proyectos sancionados” y que se ordene al Poder Ejecutivo “que se abstenga de promulgarlos y publicarlos en el Boletín Oficial”.
En un escrito de 50 páginas, el abogado denunció que los proyectos sancionados que limitan las medidas cautelares contra el Estado “afectan de forma directa derechos fundamentales y humanos, subjetivos y colectivos, patrimoniales y no patrimoniales, contemplados expresa o implícitamente en la regla de reconocimiento constitucional argentina”.
Todos los derechos que citó Gil Domínguez, entre muchos otros, podrían verse afectados por la aplicación de la reforma al régimen de medidas cautelares, de allí que plantee la figura de “cautelar preventiva”, tal como lo permite la Constitución de 1994.
En cuanto a los nuevos tribunales creados como instancia previa a la Corte Suprema, el denunciante advirtió que la ley “establece que los recursos de casación e inconstitucionalidad proceden contra las medidas cautelares y que la concesión de ambos recursos, suspende la ejecución de la sentencia hasta tanto la Cámara de Casación respectiva dicte sentencia”.
“Por ende, una persona que obtuvo una medida cautelar en Primera Instancia, que fue suspendida por la apelación estatal, que luego fue confirmada por la Cámara de Apelación, vuelve a tener suspendida la medida cautelar por un nuevo recurso estatal hasta que la Cámara de Casación resuelva. Esto conlleva, lisa y llanamente, la muerte definitiva e indigna del derecho a la tutela judicial efectiva cautelar”, resumió.
El amparo colectivo, que representa a todos los habitantes, permite que cualquier particular o cualquier asociación que se sienta afectada tome los mismos argumentos de la presentación de Gil Domínguez y los presente en cualquier tribunal del país.
Fuente: Perfil