El fiscal federal Jorge Di Lello solicitó ayer que el apoderado del Frente para la Victoria (FPV), el diputado nacional Jorge Landau, clarifique el objeto de su denuncia contra Francisco De Narváez, y otros políticos por presunta infracción de la nueva ley electoral al iniciar con spots publicitarios la campaña para las próximas elecciones. En este sentido, indicó que el comportamiento que se señala no es delito, de acuerdo a los argumentos apuntados en el expediente.
Di Lello afirmó hoy que “no queda claro” que es lo que pretende la denuncia elevada por el PJ. “En términos del derecho electoral penal, para mí no está construída una conducta que contravenga lo que el código prevee sancionar por violación a la publicidad en las campañas electorales”, aseguró el fiscal en diálogo con Radio América.
El código nacional electoral establece que la campaña electoral empieza 35 días antes del día de votación, y que se extiende a 48 horas antes de los comicios. La norma establece que las actividades para captar votos sólo pueden hacerse en ese período de tiempo. La denuncia interpuesta por el PJ presentada el jueves 22 de marzo enumera cuatro casos de violación del artículo 31 de la ley: el más visible es la campaña “Ella o vos”, que promueve la figura de De Narváez y la contrapone con la de la presidente.
En este sentido, el letrado argumentó que “la campaña electoral presupone un candidato oficializado”, situación que no aplica estrictamente a los dirigentes acusados de infringir la ley, ya que al momento no lo anunciaron.
El problema detrás de la acusación de Landau está en que “es difícil delimitar donde termina la actividad política y donde empieza la campaña electoral”. Para Di Lello, la difusión de este tipo de publicidad es propio del sistema democrático e incluirla y ampliarla dentro de lo que se denomina como campaña “lesionaría la democracia”.
Por ello, la fiscalía le solicita ahora al apoderado del Partido Justicialista que precise el carácter de su denuncia, y aclare los hechos y alcances de su acusación, lo que determinaría si la demanda atiene al fuero civil o penal. Al respecto, Di Lello opinó: “El derecho civil te da un amplio margen de modificar y analizar conductas, y tratar por medio de un tercero, que es un juez, hacer cosas equitativas o justas. En el caso penal no, la conducta descripta es la que esta en el código. Si la conducta no está en el código, queda afuera” y no es sancionable.
Además de De Narváez, los denunciados, entre los que se cuentan Gerónimo Venegas (Fe), Carlos Melconian (PRO) y Margarita Stolbizer (FAP), se defendieron públicamente al argumentar que no están haciendo campaña ya que no llaman a votar por nadie, sino que se trata de expresiones políticas.
Emitida la opinión del fiscal, la jueza federal que está a cargo de la causa, María Romilda Servini de Cubría, deberá ahora pedirle a Landau que precise la naturaleza de su demanda.
Fuente: Infobae