La Suprema Corte de Justicia de México decidió -en una votación unánime- despenalizar el aborto a nivel nacional a través de la derogación de cinco artículos del Código Penal Federal. De esta manera, desde ahora todas las mujeres y personas gestantes tienen el derecho de a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) sin ser criminalizadas y permite a las y los profesionales de la salud realizar la práctica sin ser perseguidos. Hasta este miércoles, el aborto estaba despenalizado en 12 de los 32 estados del país.
“Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte. Desde GIRE confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar”, informaron en un comunicado desde la organización feminista y de derechos humanos mexicana Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que llevó adelante la estrategia judicial para conseguir este dictamen.
La decisión se dio a conocer luego de que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) aprobara un recurso de amparo presentado por GIRE para “eliminar el delito de aborto” del Código Penal Federal (CPF), “todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal de salud”. La ministra de la Corte Margarita Ríos Farjat fue la que tomó el recurso y elaboró el dictamen que resultó aprobado por unanimidad y en donde determinó que se deroguen los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del CPF.
Los artículos imponían hasta una pena de prisión, de seis meses a cinco años, a la mujer o la persona con capacidad de gestar que decidiera voluntariamente interrumpir su embarazo; de igual manera, preveía la inhabilitación de dos a cinco años para el personal de salud y las parteras, indicó el medio local Milenio.
La estrategia judicial
En un comunicado difundido por la ONG que trabaja en los derechos reproductivos explicó que tomaron como base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal al Estado de Coahuila, que fue resuelto por unanimidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en septiembre de 2021. Tras esa resolución, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto. Ahora, el Congreso tiene como fecha límite el 15 de diciembre para hacerlo efectivo.
Así, la Corte analizó este amparo y concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto ni el personal de salud o persona gestante “podrá ser criminalizado por ayudar a que alguien aborte o a quien lo haga”, dice el fallo. Además, el Congreso deberá “eliminar el delito de aborto” del Código Penal Federal y, al haberse aprobado por unanimidad, “esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte”.
“Se estableció que la penalización absoluta del aborto es inconstitucional. Esto se considera obligatorio para los jueces, entonces significaría que en todo el país, cuando les llegue un caso de de criminalización por aborto, ya no podrían establecer una sentencia condenatoria, es decir, una pena de prisión, permitiendo que no haya más mujeres presas por abortar”, detalló a Télam la subdirectora de GIRE, Isabel Fulda.
¿Qué implica la decisión de la Corte?
Con esta resolución, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten. “Más del 70% de la población accede a servicios de salud a través de estas instituciones federales y estas históricamente no han dado el servicio de aborto, entonces esto abre la puerta de manera súper importante al acceso a servicios en todo el país”, agregó Fulda, en diálogo con Télam.
La primera ley de despenalización del aborto en el país fue aprobada por la Ciudad de México en 2007-y se convirtió en el segundo lugar de América Latina y el Caribe, después de Cuba de adoptar una medida en ese sentido-, a los que se le sumaron Oaxaca, Hidalgo, Coahuila, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo y Aguascalientes.
La ONU y organizaciones internacionales celebraron la decisión
La Organización de las Naciones Unidas (ONU), políticos y activistas feministas celebraron el fallo de la Suprema Corte que despenalizó el aborto a nivel nacional. El Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Turk, aplaudió la sentencia e indicó que confía en que ahora el Congreso adopte con efecto “inmediato” las leyes necesarias para reformar el Código Penal y que los Estados revisen pronto sus legislaciones.
“Esta sentencia, representa una gran victoria para las mujeres en México en su lucha de décadas por su autonomía corporal y su salud y derechos sexuales y reproductivos”, expresó Turk en un comunicado. Además, mencionó que el fallo sirve como “testimonio” de “la importancia de contar con un poder judicial independiente comprometido con la defensa de los Derechos Humanos”, consignó la agencia de noticias Europa Press. Frente a este escenario, el directivo de la ONU reclamó que tras el paso dado en México, otros países que aún criminalizan el aborto sigan el mismo camino, en línea con las obligaciones derivadas del derecho internacional.
“¡La Suprema Corte despenalizó el aborto a nivel federal! Este es un hito histórico gracias a un amparo ganado por GIRE. Con esta decisión, todas las mujeres y personas gestantes podrán tener acceso a la interrupción legal del embarazo en instituciones de salud pública”, escribieron desde Amnistía Internacional.
Fuente: El Destape