Vidal anunció que ampliará la figura del arrepentido

La inseguridad es, desde hace años, uno de los principales problemas que afectan a la provincia de Buenos Aires y si bien María Eugenia Vidal inició un proceso de mejorar la policía bonaerense, ahora busca dar un paso más para combatir este flagelo. Por eso, impulsa que la figura del arrepentido pueda aplicarle en todos los delitos cometidos por bandas y organizaciones delictivas y no solo en hechos de corrupción.

La figura del arrepentido reduce penas a quienes brinden información que permita avanzar en la investigación de ilícitos y el proyecto, al que tuvo acceso la agencia Télam y que propone reformar el Código de Procedimiento Penal bonaerense, será enviado a la Legislatura en marzo.

La iniciativa incluye la posibilidad de que fiscales y jueces realicen acuerdos para morigerar penas o, directamente, para archivar las causas en los casos en que los imputados accedan a brindar información sobre los delitos investigados.

“Cuando en el marco de investigaciones complejas o que tengan por objeto organizaciones o estructuras criminales, existan motivos fundados para concluir que la declaración de un imputado será una prueba esencial para asegurar el esclarecimiento del hecho o el éxito de la pesquisa respecto de otros autores, coautores, partícipes o encubridores que resulten más relevantes, y aquél se comprometa a aportar datos o indicaciones conducentes al efecto, el fiscal podrá proceder al archivo de la causa a su respecto”, explica el primer artículo.

Al respecto, Adrián Grassi, subsecretario de Justicia bonaerense, detalló: “Damos la posibilidad de que cuando el imputado arrepentido cometió un delito muy leve o tiene una participación muy pequeña en la organización, le corresponda una condena de ejecución condicional. Es decir, de tres o menos años de prisión y no va preso. En esos casos, el fiscal puede hacer un acuerdo de colaboración, archivarle la causa y que quede libre, por lo que el arrepentido asume la obligación de declarar como testigo”.

Asimismo, determina que el imputado beneficiado por ese archivo “quedará obligado a prestar declaración como testigo”, en la que deberá “aportar datos que revelen la identidad de otros autores, coautores, partícipes o encubridores de los hechos investigados u otros conexos, y que permitan un significativo avance de la investigación”.

Fuente: Infobae

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