Previo al comienzo del fin de semana largo de Carnaval, la justicia porteña le dio un revés al macrismo y sentó un precedente para el futuro manejo administrativo de las comunas en la ciudad. La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario hizo lugar a un recurso de amparo en una causa iniciada por integrantes de la Comuna 15, con el fin de anular el decreto que creaba las Unidades de Atención Ciudadana (UAC), cuyo nacimiento fue denunciado por la oposición como un intento del PRO de despojar de funciones a las flamantes Juntas Comunales. Ahora, con la decisión judicial, y hasta que se resuelva la cuestión de fondo, todas las UAC de las 15 comunas pasarán a estar bajo control de los juntistas.
La demanda por inconstitucionalidad del decreto 376/11, que fue impulsado por el jefe de gobierno Mauricio Macri semanas antes de la elección de las Juntas Comunales, fue iniciada por Oscar Traviesas, Raúl Brunel y Norberto Zanzi, miembros del Consejo Consultivo de la Comuna 15, en noviembre de 2011. Tramitada bajo el Expediente 43017/1, obtuvo un fallo adverso en primera instancia. Se consideró que la Constitución local faculta al alcalde para disponer la organización funcional del Poder central con las comunas y que “la creación de las UAC no aparece, prima facie, como ilegítima”. La sentencia fue apelada en base a la presunta incompatibilidad de las UAC con lo dispuesto en la Ley 1777 que dio el marco normativo a las competencias de las comunas, durante el proceso de descentralización.
Pero el fallo de Cámara fechado el 5 de febrero al que tuvo acceso Tiempo Argentino no sólo hizo lugar al recurso de amparo, sino que hizo extensiva la decisión de traspasar temporalmente el control de la UAC a las 15 comunas de la Ciudad. “Las responsabilidades primarias de las UAC serán desarrolladas bajo la órbita de la autoridad comunal respectiva”, resolvieron los camaristas al “suspender el decreto nº 376/11, hasta tanto se dicte sentencia definitiva y firme”. En ese sentido, los jueces avalaron que la disposición de la administración PRO podría ser contraria a lo dispuesto en las leyes 1777 y 3233, que fijan las competencias exclusivas de las comunas, lo que puede estar “afectando en la planificación y control de los servicios”.
“Las UAC parecerían subrogar a los disueltos CGPC”, aseguró el fallo que destacó que en la respuesta judicial del gobierno porteño, admitió que las funciones que deberían desempeñar son idénticas a la de los CGPC que, luego de la elección de representantes comunales, debían ser disueltos. “Los vagos y ambiguos términos del decreto 376/11 parecen, prima facie, conducir a la conclusión contraria”, fustigaron los magistrados sobre las funciones diferentes que el macrismo esgrimió para la creación de esas nuevas oficinas administrativas. “Lo que resulta relevante y un límite infranqueable para que la descentralización tenga su exacta dimensión, y no culmine por exhibirse como una mera desconcentración, es su nota distintiva, en sentido de ‘impenetrabilidad’ de las competencias. En rigor, ¿si el poder central tuviese facultades para avocarse o ejercer alguna de las competencias descentralizadas, cuál sería su sentido?”, se preguntaron los camaristas.
“En suma, el decreto 376/11 parece mantener la misma estructura de los CGPC, simplemente modificando su nombre. Por lo demás, si bien es cierto que el jefe de Gobierno tiene atribuciones para ejercer la coordinación entre las distintas áreas del Gobierno central con las Comunas, esa atribución se habría de ejercer en el marco establecido por la ley 1777 sin que quepa desnaturalizar ese sistema por medio de un acto reglamentario de inferior jerarquía que se exhiba contrario a la ley”, concluyó el fallo que tuvo el acompañamiento también del camarista Carlos Balbín.
Este antecedente será fundamental para establecer de qué modo se dirimirá la cuestión de fondo, sobre el pedido de inconstitucionalidad del decreto que dio vida a las UAC como órganos que aseguraran el cumplimiento de funciones administrativas y de planificación durante el traspaso de competencias a las, por entonces, novedosas comunas. “La transición no se podría, en principio, entender como dejar al arbitrio de la autoridad central decidir cómo y cuándo cumplir con la Constitución y la ley”, fue el duro veredicto de la Sala II. De acuerdo al organigrama del gobierno porteño, las UAC están supervisadas por la Subsecretaría de Atención Ciudadana que depende directamente de la Jefatura de Gabinete, a cargo de Horacio Rodríguez Larreta.
Desde el macrismo afirmaron que aún no se notificaron formalmente de la resolución judicial pero que seguramente será apelada por la Procuración de la Ciudad ante el Tribunal Superior de Justicia. Las demandas similares –algunas incluso impulsadas por legisladores de bloques opositores– no prosperaron, y desde la administración PRO confían en que el máximo tribunal porteño sea el que revoque este fallo también.
Fuente: Tiempo Argentino