Luego de varias semanas convulsionadas de discusión política, el Gobierno parece haber enderezado la discusión por la modificación del Impuesto a las Ganancias, cuyos alcances serán aplicados a partir del 1° de enero de 2017 siempre y cuando consiga el aval necesario del Congreso.
De acuerdo a las declaraciones de los funcionarios, Rogelio Frigerio, Mario Quintana y Jorge Triaca, y de los integrantes de la cúpula de la CGT, los principales aspectos del proyecto consensuado son:
Mínimo no imponible
El piso a partir del cual los trabajadores deben pagar por Ganancias llegará a $37 mil brutos para trabajadores casados con dos hijos. En el caso de los solteros, será $27.941.
Escalas y alícuotas
Hay un aumento que tendrá un impacto significativo, entre 167% y 300%, según declaraciones de Quintana. También se modifican las alícuotas para los trabajadores que ingresan por primera vez a Ganancias: será de 5% (hoy es de 9%).
Deducciones
Se mantiene la deducción por cónyuge y se incluye una nueva por el pago de los alquileres de vivienda familiar.
Feriados y días no laborables
El plus que reciben los trabajadores por diferencial quedará exento de Ganancias.
Horas extras
Las horas extras de días no laborables y feriados tienen un plus que quedará exento de pagar Ganancias. Las horas extras realizadas un día habitual pagarán Ganancias pero no alterarán la escala en la que está alcanzado el trabajador.
Aguinaldo
Se incluirá en el proyecto una forma de liquidar el impuesto de manera tal que el trabajador sufra la misma percepción todos los meses. Esto provocará que no haya un impacto desmedido en las dos cuotas anuales del aguinaldo.
CALCULADORA EN MANO
Según el nuevo proyecto al que accedió Infobae, las nuevas escalas del tributo a pagar por parte de los trabajadores, a partir de enero de 2017, serán las siguientes, siempre considerando los nuevos mínimos no imponibles, equivalente mensual:
Quienes superen el MNI entre $0 y $1.538: 5%, sobre el excedente de $0
de $1.538 mil a $3.077: $77 más 9% sobre excedente de $1.538
de $3.077 a $4.615: $277 más 12% sobre excedente de $3.077
de $4.615 a $6.154: $554 más 15% sobre excedente de $4.615
de $6.154 a $9.231: $923 más 19% sobre excedente de $6.154
de $9.231 a $12.308: $1.754 más 23% sobre excedente de $9.231
de $12.308 a $18.462: $2.831 más 27% sobre excedente de $12.308
de $18.462 a $24.615: $4.985 más 31% sobre excedente de $18.462
Más de $24.615: $ 7.631 más 35% sobre excedente de $24.615
Fuente: Infobae