Este martes el presidente Alberto Fernández y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, presentaron el proyecto de ley de Promoción de la Movilidad Sustentable que busca el equilibrio macroeconómico, ambiental y social.
Este plan de movilidad sustentable tiene como finalidad reposicionar y ampliar las capacidades de la industria automotriz argentina en el mundo, con una proyección hasta el 2030.
La Ley dispondrá un Régimen Promocional que incluirá beneficios impositivos, nuevas instituciones y financiamiento de largo plazo, y apunta a tres ejes principales: razones ambientales ante el cambio climático; económicas, ya que permite buscar nuevos mercados; y estratégicas con el fin de atraer nuevas inversiones.
Beneficios
- 12.500 puestos de trabajo en terminales automotrices. Inversiones estimadas en USD 5.000 millones.
- 6.000 puestos de trabajo en sectores autopartistas. Inversiones por USD 1.500 millones.
- 2.500 puestos de trabajo en fabricantes de baterías. Inversiones por USD 1.800 millones.
- Para un escenario de inversiones de USD 8.300 millones, exportaciones por USD 5.000 millones.
- Se espera obtener un ahorro acumulado de 10.7 Millones de toneladas de CO2 equivalente.
Oportunidades
- Amplía la plataforma automotriz: vehículos eléctricos, vehículos con celda de combustible y nuevas categorías (micromovilidad).
- Impulsa la inserción de sectores científicos, tecnológicos e innovadores.
- Dinamiza y robustece al actual tejido autopartista.
- Reposiciona nuestra industria automotriz en el plano regional e internacional.
- Crea fuentes de trabajo novedosas que demandarán nuevas capacidades, profesiones y conocimientos.
Puntos centrales de la Ley
1. Alcance y definiciones
Crea un Régimen que promoverá diseño, investigación, innovación, desarrollo, producción, comercialización, reconversión y/o utilización de vehículos propulsados por fuentes de energía sustentables y que también promoverá partes, conjuntos y equipos auxiliares en el territorio del país.
Tiene como objetivo promover la utilización creciente y sostenida de vehículos propulsados con fuentes de potencia no convencionales, de producción nacional. Cubre toda la movilidad terrestre: livianos, medianos, pesados, de pasajeros, de carga, la micromovilidad, los experimentales y los designados por la Autoridad de Aplicación.
Desde el año 2041 no podrán comercializarse vehículos con motor de combustión interna nuevos en el territorio nacional.
2. Régimen de Beneficios
La ley establece un régimen de beneficios: tanto para la demanda (público comprador de vehículos) como para la oferta (terminales, e-autopartistas, fabricantes de baterías y cargadores, etc). Además, establece que el Régimen es temporal y dura 20 años, con beneficios decrecientes en el tiempo para acelerar las inversiones.
3. Se crea la Agencia Nacional de Movilidad Sustentable
Es el primer Régimen Productivo argentino con una institución de I+D con programas promocionales específicos, enfocada en la Movilidad Sustentable. Su misión principal es la de promover el desarrollo científico, tecnológico y volcarlo al sistema productivo de la Movilidad Sustentable.
Realizará observación y vigilancia de las tendencias internacionales, normativa y certificaciones y cambios tecnológicos en el sector.
4. Se crea el Fondo Fiduciario de la Movilidad Sustentable (FODEMS)
Este fondo utilizará fondos de diversas fuentes y se aplicará a la inversión necesaria para la reconversión, para garantiza la disponibilidad y sustentabilidad de financiamiento que requerirá el Régimen a lo largo de sus 20 años.
Fuente: Minuto Uno