El Gobierno nacional envió este martes por la noche el borrador final de la ley de Bases y Puntos de Partida, conocida como Ley Ómnibus, al Congreso de la Nación, tras negociar con los gobernadores y bloques aliados durante semanas. Entre los cambios más importantes del paquete de leyes de Javier Milei se encuentran la reforma laboral, la emergencia pública junto con el plan de Privatizaciones y la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
La segunda versión de la ley ómnibus fue recibida por los legisladores de los bloques dialoguistas, con quienes el oficialismo busca acordar antes de llegar a las instancias de debate oficial. El texto, que finalmente cuenta con 279 artículos, es más técnico que el primero y será presentado en la comisión de Diputados como el nuevo dictamen de Ley de Bases original, que todavía tiene estado parlamentario.
En el primer artículo, el proyecto declara la “emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año“. El Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos”, indica el texto. Este punto es uno de los principales cambios en relación a la Ley de Bases original, ya que se redujeron las emergencias y tampoco hay posibilidad de prórrogas.
Los 279 artículos se ocupan en su mayoría con capítulos referidos a la desregulación económica, el nuevo Tribunal de Defensa de la Competencia y la Agencia de Mercados y Competencia. Además, otro tramo importante se lo llevan las modificaciones a la ley de Hidrocarburos y cuestiones referidas al gas, como la autorización de “las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa“. En ese capítulo, se crea “el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad el que, una vez constituido, reemplazará y asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), creado por el artículo 54 de la Ley N° 24.065, y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), creado por el artículo 50 de la Ley N° 24.076”.
Otro de los puntos de la ley habla del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) y permite que sea invertido “de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, respetando los lineamientos fijados por esta ley y las normas reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley No. 26.425″. A nivel previsional, se elimina la última moratoria jubilatoria para quienes debieran aportes.
Estos son los puntos principales del mega proyecto que supo tener en su versión madre 644 artículos:
–Emergencia: el oficialismo propone dictar la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año.
–Reforma Laboral: si bien esta versión es menos ambiciosa que la anterior, incluye cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores. A su vez, promueve extinciones penales, condonación de deuda y la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.
–Privatizaciones: ya no son 40 las empresas a privatizar, sino muchísimas menos. Sin embargo, continúan en el pelotón: Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina SA (Enarsa), Radio y Televisión Argentina e Intercargo. Además, quedan sujetas a privatización y concesión AySA, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Corredores Viales y Trenes Argentinos (Sofse).
A este lista se podrían plegar otras que su privatización sería parcial: Nucleoeléctrica Argentina SA, el Banco Nación, Nación Seguros, Nación Reaseguros, Nación Seguros de Retiro, Nación Servicios, Nación Bursatil, Pellegrini SA y Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
–Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes: el paquete fiscal, que el Gobierno había decidido retirar de la ley Bases original, ahora se llama “Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. El punto más relevante de este proyecto marcha por la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias. De aprobarse esta ley, el mínimo no imponible será de $1.800.000 para los solteros, mientras que para los casados con hijos será de 2.200.000 pesos.
Fuente: El Destape