El Gobierno habilitó a Telefónica a prestar servicio de TV por cable

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó el cambio de estatuto de la empresa Telefónica de Argentina que la habilita a prestar servicios de Telecomunicaciones, servicios de Teconlogías de la Información y las Comunicaciones (“Servicios TIC”) y la prestación de Servicios de Comunicación Audiovisual. Con esa medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, la compañía avanzó en su proyecto de ingresar al mercado de la televisión por cable.

La resolución 2482/2016, firmada el pasado 16 de mayo, pero publicada hoy en el Boletín, explica que “mediante presentación de fecha 10 de septiembre de 2015 Telefónica de Argentina Sociedad Anónima informó a la entonces Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 66 celebrada el 1 de septiembre de 2015 se había aprobado la reforma del artículo 3° del Estatuto relativo al objeto social de la empresa.

La modificación propuesta para el artículo 3° del Contrato Social, fue la siguiente: “…la prestación, por cuenta propia o de terceros, o asociada con terceros, de Servicios de Telecomunicaciones y de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (“Servicios TIC), sean servicios fijos, móviles, alámbricos, inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia, y la prestación de Servicios de Comunicación Audiovisual. Asimismo la Sociedad podrá comercializar, bajo cualquier título, equipamiento, infraestructura, bienes y servicios de todo tipo, relacionados con o complementarios de los Servicios TIC, Servicios de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual; como así también prestar toda clase de servicios, incluidos los de consultoría y administración contable, de recursos humanos e impositiva”.

“Asimismo la Sociedad también podrá realizar toda clase de operaciones con títulos valores, y tomar y otorgar toda clase de créditos; todo ello con exclusión de las actividades reservadas exclusivamente a entidades financieras, de acuerdo a la legislación y reglamentaciones aplicables. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y por los presentes estatutos. La modificación del objeto social se sujetará a las disposiciones de la legislación vigente”, se detalla.

En su artículo primero, la Resolución aprueba la modificación estatutaria y en el artículo segundo otorga a Telefónica un plazo de 90 días, a fin de que proceda a presentar la constancia de inscripción correspondiente.

Fuente: Cronista

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