La Justicia Bonaerense frenó el tarifazo de luz

La Justicia en lo Contencioso Administrativo bonaerense volvió a suspender este viernes el aumento en las tarifas de luz de los usuarios de La Plata y el interior de la provincia de Buenos Aires, al hacer lugar nuevamente a una medida cautelar presentada por el Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino.

La decisión fue tomada por el juez en lo Contencioso Administrativo Luis Arias, quien ordenó suspender los efectos de la Resolución 419/17 que contenía los nuevos valores tarifarios de las empresas Edelap, Eden, Edes, Edea y las cooperativas eléctricas que brindan el servicio en el interior bonaerense, que contemplan un aumento promedio de 58% para el corriente año.

Arias ya había suspendido hace un mes el aumento al hacer lugar a una medida precautelar. Esa decisión fue levantada el pasado 9 de junio por la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que habilitó el aumento al hacer lugar a un recurso de apelación presentado por el Estado bonaerense.

Al hacer lugar a la nueva presentación, Arias consideró que no hay una correlación entre los valores que se expusieron en la Audiencia Pública en la que se debatió el nuevo cuadro tarifario con lo que informó la Dirección provincial de Energía al oficializar los aumentos.

Según el fallo, al que tuvo acceso Télam, en la audiencia se evaluó un aumento promedio del 58 por ciento, mientras que el informe para la categoría testigo de “pequeñas demandas de uso residencial” que comprende a la mayor cantidad de usuarios se dispuso un aumento tarifario del 125% para el área de EDELAP; 55% para EDEA; 75% para EDEN y 85% para EDES.

“A tenor de lo expuesto, juzgo que el incremento tarifario implementado por la resolución en crisis aparece prima facie contrario a los derechos constitucionales de protección de los intereses económicos de los usuarios”, “información adecuada y veraz”, y condiciones de “trato equitativo y digno”, sostuvo Arias.

Arias citó también un informe del Comité de Ejecución del Proceso de Revisión Tarifaria Integral (CERTI) del que surge que, en la audiencia pública, la propuesta de aumento para la tarifa final de los usuarios residenciales fue: EDELAP SA del 38%; EDEA SA del 33%; EDEN SA del 65%; y EDES SA del 75%.

También se fundamentó en la postura del Defensor del Pueblo que entendió que los porcentajes de aumento “contrastan ostensiblemente con los niveles inflacionarios reportados por el INDEC y los incrementos salariales o de haberes jubilatorios de la población en general, que se hallan alrededor del 18% al 20%”.

En el fallo también hizo mención a que no coinciden tampoco las cifras de la inversión que iba a realizar cada distribuidora de acuerdo a lo pautado en la audiencia pública con el informe elevado por la Dirección Provincial de Energía.

Según el fallo, las propuestas de inversión efectuadas por las empresas distribuidoras en las audiencias públicas como plan quinquenal fueron: EDELAP SA, 3.382 millones; EDEA SA, 2.252 millones; EDEN 7.775 millones y EDES 1.557 millones de pesos.

Sin embargo, se aclaró que lo efectivamente impuesto por el estado se redujo a EDELAP SA 1.307 millones; EDEA SA 601 millones; EDEN SA 2.931 millones y EDES SA 983 millones.

El Defensor del Pueblo Lorenzino aseguró que la decisión de la justicia “confirma una vez más nuestra postura de que es necesario que las tarifas sean razonables y que no golpeen al bolsillo de los usuarios”.

“La Defensoría está al servicio de los consumidores para ayudarlos a que tengan prestaciones de calidad y a valores que puedan pagar”, graficó.

Los incrementos tarifarios impactan sobre los usuarios del Gran La Plata y el interior bonaerense, pero no abarcan a los usuarios de Edenor y Edesur, que se encuentran bajo la órbita del Ente Nacional de Regulador de la Electricidad (ENRE).

Fuente: LPO

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