Con la crisis del coronavirus y la suspensión de clases en la Ciudad, desde el día 18 de marzo, la ministra de Educación, Soledad Acuña, informó que las familias podrán retirar las viandas de las escuelas para comer en sus casas.
Sin embargo, según un informe del Observatorio del Derecho a la Ciudad, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares define la vianda como la comida elaborada por el adjudicatario y trasladada a los establecimientos educativos. También agrega que la ración de vianda debe tener el mismo precio y gramaje que la ración que se cocina en los comedores.
Mas muchas familias se quejaron del estado y de la calidad de la comida de las viandas. Además, cuestionaron la remisión de raciones en una cantidad inferior a la debida.
“De las fotos surge con claridad que el GCBA llama ‘vianda’ a lo que, de acuerdo al Pliego de las concesiones, sólo es el ‘refrigerio”‘, asume el informe mencionado.
En la Ciudad existe la Ley N° 3.704 que tiene por objeto promover la alimentación saludable, variada y segura de los niños, niñas y adolescentes en edad escolar a través de políticas de promoción y prevención.
En virtud de esta ley, se llamó a licitación pública para la contratación del servicio de alimentación, destinado a alumnos becados y personal autorizado de los establecimientos educativos de gestión estatal dependientes del Ministerio de Educación porteño.
El objetivo de este servicio es brindar una alimentación de calidad a los alumnos de todos los niveles educativos, favoreciendo un mejor aprendizaje en la escuela con el consecuente mejoramiento de la calidad de vida.
Los adjudicatarios, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, deben brindar el servicio cumpliendo obligatoriamente con las condiciones de cantidad, calidad y caracteres organolépticos.
Fuente: Noticias Urbanas